Ponencia del CNE dejaría en firme sanción contra campaña de Petro en 2022 por violación de topes
2026-03-05 - 02:43
El Consejo Nacional Electoral (CNE) radicó una ponencia con la que se busca ratificar en todas sus partes las sanciones y multas a la campaña Petro presidente por violación de topes electorales en primera y segunda vuelta. La información se presenta a una semana de que la Fiscalía le impute cargos a Ricardo Roa, cabeza de Ecopetrol, quien fue el gerente de la campaña Petro presidente 2022-2026. Lea también: CNE sancionó a la campaña presidencial de Petro por violación de topes por más de $3.500 millones y pide a Fiscalía investigar a Ricardo Roa La decisión se conoció después de que el CNE entró a resolver los recursos legales que interpusieron los diferentes sancionados con respecto a los hallazgos que demostraron que se sobrepasaron los topes. Fueron $3.700 millones en primera vuelta y $1.600 millones en segunda vuelta, para un total de $1.600 millones. El magistrado Benjamín Ortiz propuso desestimar los recursos de apelación presentados por los integrantes de la campaña. A su vez, planteó ratificar las multas al entonces gerente de campaña Roa y a otros directivos. El presidente Petro se pronunció en redes sociales, como suele hacerlo: “Mi campaña no violó topes electorales. No es la oposición, mayoría en el CNE quien puede juzgarnos”, afirmó el primer mandatario. Se trató de una respuesta a un periodista: Además de Roa, el CNE sancionó a Lucy Aydee Mogollón, tesorera, y Mary Lucy Soto, la auditora general de la campaña. Cada uno tendría que pagar una multa de más de $2.000 millones por financiación irregular y otros $2.000 millones por violación de topes electorales en la primera vuelta presidencial. Entre los recursos interpuestos están los alegatos de los abogados de Roa y Mari Lucy Soto, auditora de la Colombia Humana. Según el CNE, estos presentaron argumentos que coinciden, relacionados con la presunta falta de competencia del órgano electoral para investigar y sancionar las irregularidades de financiación. No obstante, tanto el magistrado Ortiz como Álvaro Hernán Prada desestimaron los argumentos de la defensa, lo que dejó la decisión en firme. Lea también: La ponencia radicada ante el CNE que busca revocar candidatura de María del Mar Pizarro La sanción del CNE contra la campaña Petro presidente se presentó a finales de noviembre de 2025. Allí no solo se confirmó que esta superó de manera significativa los topes de financiación en ambas vueltas presidenciales, sino que incurrió en financiación prohibida, omisión de reportes y manipulación contable. Se trata de la primera vez que el organismo electoral impone una sanción contra una campaña presidencial en Colombia. En ese momento, el pleno del CNE aprobó la ponencia con una votación de 6 a 3. Respaldaron la decisión Altus Baquero, Alfonso Campo, Maritza Martínez, Benjamín Ortiz (ponente), Álvaro Hernán Prada y el conjuez Majer Abushihab. En contra votaron Cristian Quiroz, Fabiola Márquez y el conjuez Jorge Acuña. Entre los desembolsos no reportados que llevaron a la superación de los topes figuran pagos a testigos electorales, donaciones de personas jurídicas y gastos de transporte aéreo. El CNE concluyó además que parte de la financiación provino de fuentes prohibidas y que se ocultaron aportes que debían ser declarados. Varios de esos aportes vinieron de organizaciones como Fecode. La Federación Colombiana de Educadores aportó $500 millones que ingresaron a través de la Colombia Humana, pese a que la ley prohíbe que personas jurídicas financien campañas presidenciales. También figuraron aportes de la Unión Sindical Obrera (USO), omitidos en ambas vueltas, que fueron destinados a transporte, alimentación y logística. Y se reitera que, para el caso de Roa, el CNE concluyó que actuó con dolo en varias de las irregularidades, entre ellas un pago para el cierre de campaña en el Movistar Arena el 19 de junio de 2022. La campaña reportó $150 millones, omitió $100 millones presuntamente pagados por la empresa ServiRed S.A.S. El CNE determinó que estos valores deberán ser devueltos, por tratarse de gastos posteriores al cierre oficial de la campaña y por constituir financiación de persona jurídica. investigaciones.